Centros de Inclusión Social

La Ciudad brinda alojamiento y atención integral a familias y a personas solas que se encuentran en emergencia habitacional.

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Si ves a una persona en situación de calle, llamá al 108 »

Los Centros de Inclusión Social (CIS) tienen como objetivo brindar a las personas en situación de calle un espacio de contención integral para promover su reinserción social.

Los centros cubren las necesidades más inmediatas: alojamiento, alimentación e higiene. En simultáneo, un equipo profesional realiza una evaluación de cada persona para orientarla en el acceso a distintos beneficios y servicios: documentación, prestaciones de salud y/o de salud mental, asistencia por consumos problemáticos, entre otros.

En los centros también se promueve el desarrollo de la autonomía individual a través de la terminalidad educativa, de la práctica deportiva, de la participación en actividades culturales y recreativas, y de la capacitación a través de talleres diseñados para facilitar la reinserción sociolaboral.

Para ello, los centros cuentan con equipos compuestos por: enfermeros, trabajadores sociales, psicólogos, acompañantes terapéuticos y operadores, disponibles las 24 horas.

Destinatarios: Grupos familiares, mujeres solas o con niños, u hombres solos.

Ubicación

 

Referencias

Establecimientos bajo gestión asociada

Establecimientos del GCBA

Establecimientos para personas con discapacidad

Centros de Inclusión Social para personas con discapacidad

Brindan alojamiento transitorio en modalidad de hogar las 24 horas para personas autoválidas con discapacidad leve y con certificado oficial. Asimismo, ofrece asesoramiento legal, actividades formativas y recreativas y asistencia para la revinculación familiar y comunitaria.

Los espacios físicos están libres de barreras arquitectónicas y adaptados ergonómicamente. La prestación se extiende por 6 meses, renovables según evaluación de la coordinación, con tope de 24 meses.

Pueden solicitar el ingreso personas autoválidas de entre 18 y 59 años con Certificado Único de Discapacidad (CUD), ya sean hombres solos o mujeres solas o con hijos menores. En el caso de grupos familiares, algún integrante debe contar con el CUD.

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